martes, 10 de octubre de 2017

MOCIÓN DE LEY DE RECONOCIMIENTO AL PUEBLO AFROCHILENO INGRESA A LA SALA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.

INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y PUEBLOS ORIGINARIOS RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE OTORGA RECONOCIMIENTO LEGAL AL PUEBLO TRIBAL AFRODESCENDIENTE CHILENO

BOLETÍN N° 10.625-17

firmaHAlmendras

HONORABLE CÁMARA:

                             La Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios viene en informar el proyecto de ley del epígrafe, de origen en una moción de las diputadas señoras Karol Cariola, Marcela Hernando y Yasna Provoste; y los diputados señores Ramón Farías, Issa Kort, Daniel Melo, Vlado Mirosevic, Roberto Poblete, Luis Rocafull y Leonardo Soto.
                             Con motivo del tratamiento del proyecto de ley, la Comisión contó con la participación de las siguientes personas: 1) Diputado señor Luis Rocafull, autor del proyecto; 2) Directora del Archivo Nacional, señora Emma de Ramón; 3) Abogado de la subsecretaría de DD.HH. del ministerio de Justicia, señor Sebastián Cabezas; 4) Presidenta de la ONG “Oro Negro”, señora Marta Salgado, y dirigente de esa agrupación, señor Marcos Llerena.  


I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

                            1) La idea matriz del proyecto es otorgarle un reconocimiento legal al pueblo tribal afrodescendiente chileno, por ser un elemento constitutivo de nuestra nación y por su relevante aporte a la cultura chilena.

                            2) Normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado
                            No existen normas de esa naturaleza.
                            3) Trámite de Hacienda
                            No precisa trámite de Hacienda.
                            4) Votación en general
                            El proyecto de ley fue aprobado, en general, por mayoría de votos.

                            5) Diputado informante
                            Se designó diputado informante al señor Luis Rocafull.


II.- ANTECEDENTES GENERALES[1]

1.- La Moción
I.  Antecedentes Generales

Los autores del proyecto señalan, en primer lugar, que el pueblo tribal afrodescendiente o comunidad afrodescendiente, representa un tercio de la población de América Latina y ha sido constantemente marginado de las políticas de los gobiernos, a lo que se suman niveles desproporcionados de pobreza y exclusión social a nivel mundial.

Los afrodescendientes, relacionados con la diáspora africana, se encuentran presentes en América Latina desde tiempos de la conquista, siendo partícipes activos en la construcción de las actuales naciones del sur del continente, con una importante aunque oculta -o negada- participación en los procesos de independencia de los países donde fueron traídos.

En Chile, aunque no se sabe con certeza el porcentaje de afrodescendientes, se estima que en la Región de Arica y Parinacota existen unas ocho mil quinientas personas que tienen esa calidad, lo que corresponde a un 5 por ciento de la población total regional. Este dato se basa en la primera encuesta de caracterización de este segmento de la población, realizada por el Instituto Nacional de Estadísticas en el año 2013.  

Debido a esta innegable y significativa presencia, la moción busca otorgar el merecido reconocimiento formal al pueblo tribal afrodescendiente chileno, constituyendo el primer paso en su identificación como comunidad, con sus respectivos derechos legales, sociales y culturales.


II. Orígenes del afrodescendiente en Chile


firmaHAlmendras
a) Su llegada al continente:


Existen diferentes motivos que han conducido a la “invisibilización” de la presencia africana en nuestro país, lo que ha derivado en la negación histórica del aporte de los afrodescendientes en la conformación de la nación chilena. Así, por ejemplo, las diferencias raciales o sociales, el temor a la instauración de sus costumbres o una rebelión en alianza con los indígenas, asoman como las principales razones de esa negación.

Es pertinente recordar que los africanos fueron traídos a Chile en tiempos de la Conquista, principalmente como víctimas del tráfico de esclavos, y fueron obligados a cumplir diversas labores, orientadas en general a la actividad agrícola y la servidumbre. Se estima que entre los años 1580 y 1640 se produjo la mayor internación de negros africanos en el país. El grueso provenía de Guinea, el Congo y Angola. La disminución de mano de obra indígena hizo que se recurriera a ellos y muchas autoridades de la época solicitaron con entusiasmo el traslado de esclavos negros a Chile. Benjamín Vicuña Mackenna, en su libro “Historia crítica y social de la ciudad de Santiago”, reconoce el aporte demográfico de esta comunidad, señalando que en ese tiempo era muy considerable el número de negros que existía en Chile. La misma opinión sostiene el reconocido historiador Diego Barros Arana.

Por otro lado, el autor Jean Paul Zúñiga, en su libro “Huellas de una ausencia. Auge y evolución de la población africana en Chile: apuntes para una encuesta”, afirma que entre 1633 y 1644 cerca del 33 por ciento de la población de Santiago era negra o afrodescendiente. El número de negros en Santiago fue muy importante, tanto así que la elite hispano-criolla empezó a sentirse insegura.

Los primeros negros esclavizados fueron traídos a Chile formando parte de las expediciones de descubrimiento de don Diego de Almagro y de conquista de don Pedro de Valdivia, siendo su principal función la de sirvientes domésticos y de soldados. En efecto, el ejército descubridor contó con la participación de unos 150 hombres negros. Por ello, casi todos los cronistas que se refieren al viaje de Almagro hablan de los negros que venían con él, aunque la cifra exacta es imposible conocerla.

Varios siglos después, los afros tuvieron una importante participación en nuestra independencia. Según un relato de la época, José San Martín, movido por la necesidad de aumentar las tropas, y con la finalidad de dar curso a sus ideas progresistas, consideró conveniente incorporar esclavos negros en el ejército a cambio de su manumisión. Dicho proyecto, sin embargo (al decir de Barros Arana) fue recibido con burlas en Santiago, pues “algunos de los consejeros de Marcó del Pont creyeron que esa medida iba a constituir un negocio excelente para el gobierno de Chile; que esos negros caerían indefectiblemente prisioneros en el primer encuentro, y que, llevados a Lima, serían ventajosamente vendidos por esclavos”.

La idea de San Martín resultó un acierto para las tropas libertadoras, ya que la formación de batallones de “negros” permitió importantes victorias. Especial mención merece el Batallón de los Pardos, conformado en su mayoría por negros, quienes junto con los demás esclavos reclutados por San Martín para engrosar las filas del Ejercito Libertador de los Andes, infundieron respeto y temor a su paso. San Martín, consciente de la importancia de los afros, reconoció el valor de estos batallones, señalando que “los mejores soldados de infantería que tenemos son los negros y mulatos. Los blancos de estas provincias no son aptos más que para caballería”. Según las crónicas de la época, José Romero, conocido como el “mulato Romero”, descolló por su valentía e inteligencia. Nacido en 1794, hijo de esclava y de un hombre blanco de la aristocracia, y miembro desde 1807 del Regimiento de Infantes Pardos, sirvió a la causa patriota en la Vieja Patria (1810-1814) y, luego, en 1817 en la época de la Reconquista. Sus méritos fueron reconocidos en 1832, cuando fue nombrado Oficial de Sala de la Cámara de Diputados, cargo equivalente al actual de Edecán, y que desempeñó hasta poco antes de su muerte.

b) Presencia Afrodescendiente en el Norte de Chile

En 1778, durante el gobierno de Jáuregui, se llevó a cabo un empadronamiento de la población del obispado de la ciudad de Santiago, que abarcaba entonces la parte del territorio comprendida entre el desierto de Atacama, por el norte, y el rio Maule por el sur. De un universo total de 260.000 habitantes, 25.500 correspondían a negros y 20.600 a mestizos. Tomando en cuenta que este empadronamiento no incluyó el obispado de Concepción, el número de habitantes negros en el país era más que considerable. En 1812 se realizó un censo en esta última zona, la que registra un total aproximado de 200.000 habitantes, con un número cercano a los 9.000 entre negros, mestizos y mulatos.

El censo de 1813 levantado por don Juan Egaña da cuenta de la población existente en el país y se refiere detalladamente a la población mulata, mestiza y negra.

Cabe recordar que las actuales regiones de Arica y Parinacota, y Tarapacá, fueron hasta antes de la Guerra del Pacífico territorios administrados por la República del Perú. Arica, habitada desde milenios por indios pescadores junto a pobladores de las tierras alto-andinas, tenía una realidad social e identitaria. A partir de 1540, con el virreinato del Perú, dicha población originaria sufre un descenso y la antigua caleta del cacique Ariaca se transforma en un puerto que se conecta con el cerro rico de Potosí; desde ahí, españoles, anaconas y negros conforman el paisaje humano de Arica. De este modo, esclavos negros pasan a formar parte del panorama étnico y cultural del puerto.

Uno de los documentos de mayor valor que demuestran la presencia de negros en la zona es el censo realizado en 1871, que entrega valiosa información respecto al apellido, condición, oficio, etc., de cada uno de los habitantes negros.

El conocido historiador ariqueño Alfredo Wormald Cruz, en su libro “Frontera Norte”, al referirse a la presencia afro en Arica, comenta que “incluso llegó a tener la población negra de Arica hasta principios del siglo, un barrio propio llamado Lumbanga”. En este barrio, los negros eran dueños de pequeños comercios y las mujeres, por lo general, trabajaban como empleadas domésticas.


III.   Cultura del afrodescendiente presente en Chile

El aporte de la cultura afrodescendiente al país se manifiesta en muchos aspectos. Por ejemplo, en nuestra lengua encontramos vocablos africanos, tales como banana, bochinche, ganga, entre otros.

Además, se dice que el baile nacional, la cueca, tiene matices africanos que se manifiestan en la zamacueca, baile afroperuano en boga en los años posteriores a la independencia y antecesora de la cueca. Otra manifestación cultural es la payada vocal, esto es, la poesía improvisada cantada en décimas, con grandes exponentes afrodescendientes como el mulato Taguada.  

Otra influencia cultural afro puede rastrearse en la denominada “Pascua de los Negros”, que ya es parte de la sociedad chilena. Sus orígenes se remontan al siglo XVIII, cuando los nativos de algunas regiones del sur del continente bailaban y rendían culto al niño Dios. Durante la colonia, esta celebración daba la oportunidad para que los esclavos negros y mestizos celebraran el nacimiento de Jesús, identificándose con Baltasar, el mago de raza negra.

En Arica se cuenta además con la “Ruta del Esclavo”, que es un circuito etnoturístico que busca difundir las costumbres y tradiciones de los esclavizados africanos que fueron traídos a América, hace más de cuatrocientos años, acompañando a los conquistadores.

Existen importantes reconocimientos del aporte cultural afro. En el año 2010, por ejemplo, se otorgó el reconocimiento “Tesoros Humanos Vivos” a la agrupación de afrodescendientes ariqueños Club Adulto Mayor “Julia Corvacho”, en una iniciativa propiciada por la UNESCO e implementada en nuestro país por el Consejo de la Cultura. A la vez, un creciente interés en el mundo académico y literario por la historia afrodescendiente se materializa en importantes publicaciones.

IV.   Población afrodescendiente en Chile.
      
No es posible otorgar una cifra exacta del número de afrodescendientes en Chile, incertidumbre que es consecuencia de la falta del reconocimiento legal de este pueblo. Sin embargo, y luego de años de gestiones por parte de representantes de los afrodescendientes, el Instituto Nacional de Estadísticas realizó en el año 2013 la primera encuesta de caracterización de la población afrodescendiente en la región de Arica y Parinacota, arrojando datos importantes y de valor indiscutible. Al respecto, los resultados indican una población estimada de 8.415 afrodescendientes, equivalentes a un 4,7 por ciento del total de la población en la región de Arica. Existen 3.317 hogares con al menos un miembro que se reconoce como afrodescendiente, lo que corresponde a un 6,2 por ciento de los hogares de Arica y Parinacota. Por su parte, la composición sociodemográfica indica que la población afrodescendiente corresponde a 3.719 hombres y 4.696 mujeres, equivalentes a un 44,2 por ciento y un 55,8 por ciento respectivamente. Respecto a su distribución, la encuesta arroja que la población afrodescendiente se ubica en un 89,2 por ciento en las zonas urbanas y un 10,8 por ciento en áreas rurales. Al momento de caracterizar culturalmente a la población residente en hogares con presencia afrodescendiente, se observa un reconocimiento alto, con un 55,9 por ciento de la población; un reconocimiento medio, con un 37,0 por ciento; y un bajo reconocimiento, con un 7,0 por ciento. Respecto a la participación de prácticas culturales, se evidencia que hay un 10,7 por ciento de alta participación, un 45,9 por ciento de participación media, y una baja participación de un 43,4 por ciento de la población afrodescendiente.

Hay un creciente número de organizaciones sin fines de lucro que buscan el reconocimiento de sus ancestros. Estas organizaciones han manifestado la importancia de posicionar en la sociedad chilena y en la política la existencia real del pueblo tribal afrodescendiente en Chile. Fruto de esta preocupación lo constituye por ejemplo, la creación de la oficina de atención especializada para comunidades afrodescendientes en la municipalidad de Arica.

En síntesis, si bien el número de afrodescendientes en Chile no está determinado, es una comunidad que existe y forma parte de la nación chilena, marcando una fuerte presencia especialmente en la Región de Arica y Parinacota.

Estudios recientes han determinado que el chileno promedio tiene diversos aportes genéticos: un 3,81 por ciento de africano, un 44,34 por ciento de americano y un 51,85 por ciento de europeo.
V.    Legislación nacional en la materia

Ha habido, hasta ahora, escasas iniciativas que se preocupen del reconocimiento legal de los afrodescendientes. La más importante, y que sirvió de base al actual proyecto, es la contenida en el boletín N° 6.655-17, que ingresó a trámite legislativo el año 2009.

En otro plano, se han propuesto dos proyectos que pretenden erigir monumentos, todos en la ciudad de Arica, en homenaje a la comunidad afrodescendiente en Chile.

VI.   Reconocimiento internacional

En octubre del año 2000 se realizó en Chile un seminario de expertos para América Latina y el Caribe sobre Medidas Económicas, Sociales y Jurídicas para Luchar contra el Racismo, con especial referencia a los grupos vulnerables, haciéndose un reconocimiento de la discriminación racial y étnica que sufren los pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes. De ese semanario emanaron importantes compromisos de las naciones partícipes.

Con posterioridad se celebró la Conferencia Preparatoria de las Américas Contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las formas conexas de Intolerancia. Esta reunión, auspiciada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sirvió como foro regional para la preparación de la III Conferencia Mundial de la ONU contra el Racismo, realizada el año 2001 en Durban, Sudáfrica.

En el ámbito latinoamericano, la División de Población de la Cepal (CELADE) recomendó a sus Estados miembros la inclusión de la variante afrodescendiente en las políticas públicas y, en concreto, en los censos de la población, organizando el año 2008, en Santiago, el seminario “Censo 2010 y la inclusión del enfoque étnico. Hacia una construcción participativa con pueblos indígenas y afrodescendientes de América Latina”.

Es interesante hacer notar que Argentina, un país que tradicionalmente ha sido considerado de blancos y europeos, incluyó en el año 2010 la variable afrodescendiente en sus muestras censales, con más de dos millones de afroargentinos.|





VII.  Compromiso de la Presidenta de la República
La Presidenta Michel Bachelet ha manifestado su preocupación por el pueblo indígena. En su Plan de Gobierno dice lo siguiente en esta materia: “Queremos un Chile de todos con los Pueblos Indígenas incluidos plenamente. Miramos nuestra historia, lo que hemos hecho bien, lo que está pendiente y lo que hay que corregir. Una nueva relación deberá estar basada no sólo en los derechos individuales, sino también en los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, con una propuesta real de participación y superación de toda forma de marginación, racismo y discriminación. Reconocemos así que el Estado y la sociedad chilena mantienen una deuda histórica. No hemos logrado su pleno reconocimiento y por ello tenemos grandes desafíos por delante”.

En cumplimiento de este mandato, el ministro de Bienes Nacionales, Víctor Osorio, declaró en una visita al valle de Azapa que “para el Gobierno de Chile es primordial construir una sociedad que tenga diversidad como uno de sus valores fundamentales. Es muy relevante poder respaldar a la comunidad de afrodescendientes de Arica, con todos los recursos que tengamos a nuestra disposición. […]. Vamos a trabajar para que efectivamente se pueda materializar en el más corto plazo posible. Tenemos un compromiso muy profundo por construir un país que sea multicultural, que ame su diversidad. Los afrodescendientes nos señalaron que han vivido una historia de discriminación y exclusión […]. Hemos querido transmitir el mensaje del Gobierno de Chile, que vamos hacer lo que esté a nuestro alcance para ponerle fin de forma definitiva a esa historia de discriminación y exclusión, para que efectivamente tengamos un país en que todos sus colores puedan tener expresión”.

2.- Estudio de la Biblioteca del Congreso Nacional

La BCN preparó un estudio acerca de los afrodescendientes en Chile, y en particular en la Región de Arica-Parinacota.
Señala el documento que en Chile la población afrodescendiente ha tenido escasa visibilidad. Sin embargo, una reciente encuesta regional reconoce a los afrodescendientes como la segunda etnia mayoritaria en Arica, después de los aymaras, representando un 4,7 por ciento del total de habitantes de la región. Por otra parte, diversos estudios e instancias internacionales consideran que esta población se encuentra en una situación de desventaja en relación a otros grupos sociales.
Los profundos cambios asociados al reconocimiento de la diversidad han abierto las puertas a la diferencia y, actualmente, son más visibles las manifestaciones culturales de este grupo, así como también existe una demanda sociopolítica de los afrodescendientes, que declaran que no se les han reconocido sus derechos como cultura afro.

Los afrodescendientes y su reconocimiento como población en desventaja

La afrodescendencia guarda relación con la diáspora africana, esto es, los grupos de poblaciones provenientes del continente africano que fueron obligados a abandonar sus territorios originarios, principalmente como víctimas de la esclavitud, que imperó hasta no hace mucho más de un siglo, y que tuvo como consecuencia la presencia de africanos en distintas partes del mundo, incluido Chile.

De acuerdo a estudios elaborados por organismos tanto académicos como internacionales, se considera que esta población se ve afectada por una situación de desventaja en relación a otros grupos sociales. Esta situación ha sido reconocida por la comunidad internacional a través de distintas instancias donde la temática ha adquirido un lugar central, y que gira en torno al principio de no discriminación. Además, apunta a fortalecer la diversidad cultural-étnica.

Si bien el número de esclavos que llegó a Chile no era muy elevado, sí lo fue el de su descendencia, así como también el de esclavos libres que migraron desde Perú, dando cuenta de una presencia negra relevante, pero al mismo tiempo poco visible, producto de la dificultad por aceptar que la cultura afro sí tuvo un papel activo en el desarrollo de nuestro país.

Al respecto, el académico Alberto Díaz señala que los afroariqueños han dejado huellas indelebles en el paisaje cultural del norte grande de nuestro país, y que tras un largo período de silencio forzado por la discriminación, los profundos cambios asociados al reconocimiento de la diversidad han abierto las puertas a la diferencia y, actualmente, son más visibles las manifestaciones culturales de este grupo.

Hoy existen distintas instancias donde se está proponiendo el reconocimiento de la población afrodescendiente, en el marco de la promoción de medidas contra el racismo o la discriminación racial, con el objeto de poder definir políticas públicas que disminuyan las  brechas  de  equidad  entre  los afrodescendientes y el resto de la población6. Entre ellas, destacan las siguientes:
1.        Primera Encuesta de Caracterización de la Población Afrodescendiente de la Región de Arica y Parinacota (2014), elaborada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), cuyos principales resultados se dan a conocer más adelante.
2.        La Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y organizaciones afrodescedientes de Arica elaboraron un plan de acción, que contiene medidas para atender las demandas y gestiones que persiguen mejorar las condiciones de vida e inclusión social del pueblo afrodescendiente en diversos ámbitos del quehacer sociopolítico. El plan de acción incluye demandas en las áreas de salud, educación, cultura, fomento productivo, derechos humanos, políticas públicas, género, etc. Además, contiene una iniciativa de inversión que tendrá a su cargo el levantamiento de un programa de actividades de financiamiento regional, que atiende parte de las demandas en lo que se refiere a difusión y promoción de la cultura, valores, tradiciones y costumbres de la población afrodescendiente.

Resultados de la Primera Encuesta de Caracterización de la Población Afrodescendiente de la Región de Arica y Parinacota
La encuesta reveló que la población estimada de afrodescendientes en Arica y Parinacota asciende a 8.415 personas, equivalentes a un 4,7 por ciento del total de la población en la región, lo que sitúa a este grupo como la segunda mayoría de pueblos étnicos en la región, después de los aymara.

En términos de hogares, se observa que existen 3.317 hogares con al menos un miembro que se reconoce como afrodescendiente, lo que corresponde a un 6,2 por ciento% de los hogares de Arica y Parinacota. Por su parte, la composición sociodemográfica indica que la población afrodescendiente corresponde a 3.719 hombres y 4.696 mujeres, equivalentes a un 44,2 por ciento y 55,8 por ciento, respectivamente.
Respecto a su distribución según estrato, los resultados indican que la población afrodescendiente se ubica en un 89,2 por ciento en las zonas urbanas, equivalente a 7.503 personas, y un 10,8 por ciento en zonas rurales, correspondiente a 912 afrodescendientes. Al considerar la distribución según nacionalidad, se observa que el 93,2 por ciento de la población estimada afrodescendiente posee nacionalidad chilena, el  1,7 por ciento tiene doble nacionalidad (chilena y otra), y el 5,1 por ciento restante afirma ser peruano, boliviano o de otra nacionalidad.

Entre las manifestaciones culturales reconocidas por los afrodescendientes, están principalmente la Pascua de los Negros, con un 94,5 por ciento, y San Miguel de Azapa, reconocido por el 83,1 por ciento de la población. Luego se encuentra la Celebración de la Cruz de Mayo, con un 62,1 por ciento de reconocimiento; la Fiesta de San Juan, con un 52,5 por ciento, y la Virgen Rosario de las Peñas, con un reconocimiento del 50 por ciento.

La encuesta también entrega datos con indicadores de vivienda, educación, salud, indicadores laborales y de ocupación, entre otros. Sin embargo, éstos no son contrastados con datos sobre la realidad regional y/o nacional.


III.- DISCUSIÓN GENERAL
                           
                            Durante la discusión general, la Comisión escuchó a las siguientes personas:

1)      Diputado señor Luis Rocafull, autor del proyecto.
                            En 1993 se publicó la ley N°19.253, denominada Ley Indígena, que no consideró a los afrodescendientes, por no constituir un pueblo originario. Sin embargo, los afrodescendientes han tenido un protagonismo indiscutible no solo en la historia patria, sino también en el resto de América, adonde llegaron como esclavos hace varios siglos. Pese a su contribución en distintos ámbitos, el estado de Chile no ha hecho un reconocimiento de este colectivo, como sí lo han hecho otros países, entre ellos Argentina y Perú.
                            Particularmente notoria ha sido la presencia de los afrodescendientes en el extremo norte de Chile. Su empuje y emprendimiento han sido claves, por ejemplo, para el desarrollo agrícola del valle de Azapa, que abastece a todo el país de varios productos agropecuarios. Por otra parte, no cabe duda que los afrodescendientes han enriquecido el acervo cultural chileno, al aportar elementos propios de su identidad.
                            Estos antecedentes permiten llegar a la conclusión que no existe diferencia entre los pueblos originarios y los afrodescendientes en cuanto a su pertenencia a la nación chilena y a la historia patria. Hay que darles, en consecuencia, el espacio que se merecen y que con justicia reclaman. El proyecto de ley apunta a ese objetivo.

2) Directora del Archivo Nacional, señora Emma de Ramón.

                            Indicó que de acuerdo a investigaciones realizadas hasta la fecha, existen documentos que acreditan la llegada de afrodescendientes a Chile con la expedición de Diego de Almagro, en 1536. De la importancia de este grupo da cuenta un censo realizado en la época de gobernador Jáuregui, en 1776, según el cual los negros, mulatos y afrodescendientes representaban entonces el 20% de la población total del país.
                            Agregó que es interesante conocer la situación en que se encontraban los afrodescendientes en Chile antes de la independencia, y en ese orden de ideas está documentado que en 1693 se intentó imponerles un tributo, pero esa resolución fue apelada por el abogado “pardo” (afrodescendiente) Francisco Rodríguez de Mendoza, argumentando que a menudo debían prestar servicios sin recibir nada a cambio. Efectivamente, solían participar gratuitamente en expediciones militares, en la construcción de obras defensivas y reparación de puentes, entre otras actividades.

                            Ante una consulta del diputado señor Poblete, la directora del Archivo nacional indicó que en el período colonial Chile fue un país esclavista. Los esclavos llegaban desde Callao, Perú, luego de una travesía desde panamá. Más adelante, en el siglo 18, el tráfico se hizo desde Argentina.

                            El diputado señor Hugo Gutiérrez comentó que a Chile, especialmente en el norte, también llegaron muchos descendientes de esclavos chinos desde Perú. Este conglomerado, a su juicio, también merecería una reparación de parte del Estado de Chile.

                            Continuando con su exposición, la señora De Ramón manifestó que la presencia de un grupo significativo de afrodescendientes en el norte chileno obedece a que en el sur de Perú, que incluía Arica hasta la Guerra del Pacífico, trabajaban muchos negros en las plantaciones. Chile fue uno de los primeros países del mundo en abolir la esclavitud, en 1823. Desde su perspectiva, lo que ocurrió en nuestro país con los afrodescendientes no cabe en la categoría de genocidio, pues este se originó en África. Una eventual reparación a estas personas podría consistir en un reconocimiento de su existencia en el censo. Por último, y respecto a las palabras del diputado señor Gutiérrez, dijo que la situación de los chinos que llegaron al territorio nacional es diferente, porque no llegaron como esclavos, sino como personas libres pero endeudadas. Está demostrado que algunos de ellos se enlistaron en el ejército chileno a cambio de que se les remitieran sus deudas.

3)      Abogado de la subsecretaría de DD.HH. del ministerio de Justicia, señor Sebastián Cabezas.
                            El profesional de la subsecretaría de DD.HH. indicó que esa repartición comparte los fundamentos del proyecto, pues no cabe duda que los chilenos afrodescendientes han contribuido a la formación y al desarrollo del país. Es lamentable constatar que hasta el día de hoy su aporte ha sido invisibilizado.
                            Afortunadamente, en el ámbito internacional ha habido iniciativas para reconocer a los afrodescendientes. En 2015 Naciones Unidas emitió una declaración, instando a los Estados partes a reforzar la protección y promoción de la cultura de las personas pertenecientes a este grupo. Desde esta perspectiva, lo que hace la moción impulsada por varios diputados es sintonizar nuestra legislación con la normativa internacional.
                            En el derecho internacional, hay diversos tratados y convenios aplicables en la especie. La Convención sobre eliminación de todas las formas de discriminación racial contempla la adopción de medidas para asegurar la protección de las minorías étnicas, y en especial su cultura.
                            El Convenio 169 de la OIT consagra análogas medidas.
                            En el ámbito regional, es importante destacar que en 2005 la OEA creó una relatoría especial para la protección de los derechos de los afrodescendientes, con especial énfasis en garantizar su participación en la vida pública. 
                            Luego, el señor Sebastián Cabezas efectuó los siguientes comentarios en torno al articulado del proyecto. En cuanto al artículo 1, que propone que el Estado de Chile reconozca que la población afrodescendiente ha sido históricamente víctima de discriminación, dijo que la subsecretaría no es partidaria de esa disposición. El artículo 2 da un concepto de “afrodescendientes chilenos”, uno de cuyos elementos distintivos es autocalificarse como tal; lo que está en concordancia con el aludido Convenio 169, que subraya la idea de autoconciencia de pertenecer a un grupo étnico. El artículo 3 menciona algunos aspectos de la cultura afrodescendiente que deben ser promocionados por el Estado, como su idioma, rituales, sistema de medicina, vestimenta. A este respecto se sugiere precisar más los ámbitos de la cultura que se desean reforzar. El artículo 4 trata de la incorporación de la cultura afrodescendiente en el sistema educativo, y a este respecto se mostró partidario, para cumplir el objetivo que se persigue, de modificar la Ley general de Educación, específicamente su artículo 3. El artículo 5 del proyecto establece el trámite consulta a los afrodescendientes cada vez que se promuevan cambios legislativos o administrativos que los afecten; norma que está en concordancia con el Convenio 169. Acerca del artículo 6, que señala que el Estado procurará incluir en los censos de población la categoría afrodescendiente, opinó que es una propuesta positiva, pero debe tener un alcance nacional. Por último, en lo que se refiere al artículo 7 del proyecto, que encomienda al reglamento la ejecución de los contenidos de los artículos 4 y 6 (incorporación de la cultura en sistema educativo, y de la población afrodescendiente en los censos), señalo que es innecesaria dicha remisión.

                            Concluida su exposición, el señor Cabezas, frente a una consulta del diputado señor Saldívar, dijo que del tenor del proyecto se infiere que no aborda la problemática de los flujos migratorios recientes a nuestro país, incluyendo los de población afrodescendiente.  




4)  Presidenta de la ONG “Oro Negro”, señora Marta Salgado, y coordinador de la agrupación, señor Marcos Llerena.

                            La señora Salgado entregó en su exposición diversos argumentos que justifican el reconocimiento del pueblo tribal afrodescendiente chileno. Entre los factores históricos destacó que hacia 1540 el rey de España le entregó en encomienda a don Lucas Martínez el territorio que abarca desde Moquegua hasta Tarapacá. Al señor Martínez se debería la fundación de la ciudad de Arica y, con tras ello, la llegada de los primeros esclavos negros.
                            Dos siglos después, específicamente en 1777, el censo efectuado en Chile por el gobernador de la época daba cuenta de un 9,8 por ciento de población negra, incluso mayor que la indígena o la mestiza.
                            A su vez, el censo de 1813, realizado por la Junta de Gobierno, arrojó que alrededor del 6 por ciento de la población del país -excluyendo Santiago- era afrodescendiente (negros, zambos y mulatos).
                            Como es sabido, en 1811 se decretó en Chile la “libertad de vientre”, y en 1823 se abolió la esclavitud. Ambas medidas se deben a la iniciativa de Manuel de Salas. 
                            En el siglo 19 se llevaron a cabo varios censos en Arica sobre la distinta composición étnica de su población, según se aprecia en los siguientes gráficos.






Por otra parte, varios tratados y convenciones internacionales se vinculan con esta temática. Entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos de Naciones Unidas, la Convención Interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia y el Convenio 169 de la OIT.
Un hito muy importante en el reconocimiento lo constituye la realización, en 2013, de la primera encuesta de caracterización de población afrodescendiente en la región de Arica y Parinacota, que dio como resultado un 4,7 por ciento (8.400 personas) de afrodescendientes. Por primera vez se utilizó la variable cultural en una encuesta del INE. 
La señora salgado puso de relieve, asimismo, la participación que cupo a las organizaciones afro en el marco del proceso de consulta para la creación del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y que culminó con una asamblea general en Valparaíso.



                           


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                            A su vez, varios diputados formularon comentarios y apreciaciones sobre el proyecto en informe, como pasa a exponerse:
                             El diputado señor Poblete afirmó que el proyecto es muy valioso, porque efectúa un legítimo reconocimiento a los afrodescendientes, que suman alrededor de 8 mil. Aunque no son un pueblo originario, están muy vinculados con nuestra historia desde hace muchos años. En efecto, llegaron con los españoles hace cuatro siglos. De su riqueza cultural da testimonio, por ejemplo, el carnaval que organizan año a año. Hace falta destacar el valor de la diferencia en nuestro país, y el hecho de reconocer el aporte que han realizado los afrodescendientes al país, en distintos ámbitos, potencia a Chile.
                            El diputado señor Hugo Gutiérrez expresó que el proyecto en discusión cobra especial actualidad en el Chile de hoy, donde por efecto del importante flujo migratorio que recibe ha crecido el número de afrodescendientes.
                            A su vez, el diputado señor Ojeda también respaldó la iniciativa legal, acotando que los afrodescendientes merecen un reconocimiento explícito, porque forman parte de Chile desde hace vías generaciones.

IV.- DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL

Puesto en votación general el proyecto, se aprobó por 6 votos a favor y 1 abstención. Votaron a favor los diputados Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raíl Saldívar. Se abstuvo el diputado Juan Antonio Coloma.


V. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN PARTICULAR

                            El proyecto consta de 7 artículos, que merecieron el siguiente tratamiento de parte de la Comisión:
El diputado Luis Rocaful señaló que la iniciativa en discusión se relaciona con una antigua demanda del pueblo afrodescendiente que habita principalmente en la región de Arica y Parinacota.  Chile es el único país de Latinoamérica que no considera al pueblo afrodescendiente en su legislación, lo que es importante cuando un país democrático debe abordar su multicuturalidad como característica.
Esto hace necesario legislar en esta materia y reconocer a un pueblo que si bien no es originario, requiere tener presente que fue traído a la fuerza a nuestro territorio y que realizó un enorme aporte a nuestro desarrollo económico, que ha resultado invisibilizado y que presenta sus principales agrupaciones en la zona de Azapa.
Consideró de justicia y de acuerdo a las Convenciones internacionales el reconocimiento de los pueblos afrodescendientes y que este proyecto de ley busca hacerlos visibles.
La mayoría de la Comisión coincidió con lo expresado por el diputado señor Rocafull, lo que se consideró en la votación que a continuación se informa.

                                                    Artículo 1°
 
El Estado de Chile reconoce que la población afrodescendiente habida en territorio nacional ha sido históricamente víctima de la discriminación y la estigmatización desde el tiempo de la colonia, acciones estas últimas que hoy son señaladas como crimines contra la humanidad de acuerdo al Derecho Internacional.

La presente ley otorga el reconocimiento legal al pueblo tribal afrodescendiente chileno, su identidad cultural, idioma, tradición histórica, cultura, instituciones y cosmovisión.
1.- Indicación de los diputados Luis Rocafull, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Roberto Poblete y Raúl Saldívar, para eliminar el inciso primero del artículo 1.
Puesta en votación la indicación N° 1, se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar. Se abstuvo el diputado Juan Antonio Coloma (6x0x1).

Puesto en votación el artículo con la indicación, se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar. Se abstuvo el diputado Juan Antonio Coloma. (6 x0x1).

                                                         Artículo 2°
Se entiende por afrodescendientes chilenos al grupo humano que, teniendo nacionalidad chilena en conformidad a la Constitución Política de la República, comparte la misma cultura, historia, costumbre, unidos por la conciencia de identidad y discurso antropológico, descendientes de la diáspora africana, y que se auto identifique como tal.
2- Indicación de los diputados Luis Rocafull, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Roberto Poblete y Raúl Saldívar, para eliminar la coma (,) en el artículo 2, que sucede a la expresión “Africana”.
Puesta en votación la indicación fue aprobada por unanimidad. Votaron a favor los diputados Juan Antonio Coloma, Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar (7x0x0).
Puesto en votación el artículo con la indicación, se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar. Se abstuvo el diputado Juan Antonio Coloma. (6 x0x1).

                                                         Artículo 3°      

Los saberes, conocimientos tradicionales, medicina tradicional, idiomas, rituales, símbolos y vestimentas del pueblo tribal afrodescendiente chileno son y serán valorados, respetados y promocionados por el Estado. Reconociéndolos como patrimonio inmaterial del país.
3.- Indicación de los diputados Luis Rocafull, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Roberto Poblete y Raúl Saldívar, para:
a) sustituir el punto final (.) por una coma (,).
b) Reemplazar la “R” en mayúscula  por una “r” (minúscula) en la palabra “Reconociéndolos”.
c) Para intercalar la palabra “cultural” entre las expresiones “patrimonio” e ”inmaterial”.

Puesta en votación la indicación fue aprobada por unanimidad. Votaron a favor los diputados Juan Antonio Coloma, Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar (7x0x0).
Puesto en votación el artículo con la indicación, se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar. Se abstuvo el diputado Juan Antonio Coloma. (6 x0x1).

                                                         Artículo 4°
El sistema nacional de educación de Chile procurará contemplar una unidad programática que posibilite a los educandos el adecuado conocimiento de la historia, lenguaje y cultura de los afrodescendientes y promover sus expresiones artísticas y culturales desde el nivel preescolar, básico, medio y universitario.

Puesto en votación el artículo  se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar. Se abstuvo el diputado Juan Antonio Coloma. (6 x0x1).

     Artículo 5      
Los afrodescendientes tienen el derecho a ser consultados mediante el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles, en particular en aquellas que guarden razón por políticas sociales, culturales y educacionales o que afecten a la comunidad afrodescendientes en sus derechos de tercera generación.

4.- Indicación de los diputados Luis Rocafull, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Roberto Poblete y Raúl Saldívar, para eliminar la coma (,) que sucede a la palabra “Trabajo”.
Puesta en votación la indicación fue aprobada por unanimidad. Votaron a favor los diputados Juan Antonio Coloma, Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar (7x0x0).

Puesto en votación el artículo con la indicación, se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar. Se abstuvo el diputado Juan Antonio Coloma. (6 x0x1).


     Artículo 6
El Estado procurará incluir en censos de la población nacional la categoría afrodescendiente dentro del grupo tribal afrodescendiente de acuerdo al convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, desde la aprobación y publicación de la presente ley.

Puesto en votación el artículo se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar. Se abstuvo el diputado Juan Antonio Coloma. (6 x0x1).



     Artículo 7

Lo prescrito en los artículos 4° y 6° de la presente ley podrá ser ejecutado mediante la dictación, por parte de los ministerios y demás autoridades competentes,  de reglamentos.
Puesto en votación el artículo se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Sergio Ojeda, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Luis Rocafull y Raúl Saldívar. Se abstuvo el diputado Juan Antonio Coloma. (6 x0x1).


V.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES.
No hubo artículos ni indicaciones rechazadas.

VI.- TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN.

                            Por las razones señaladas, y por las que expondrá oportunamente el diputado informante, la Comisión recomienda aprobar el siguiente:

                                          PROYECTO DE LEY
                                         

Artículo 1°.- La presente ley otorga el reconocimiento legal al pueblo tribal afrodescendiente chileno, su identidad cultural, idioma, tradición histórica, cultura, instituciones y cosmovisión.

Artículo 2°.- Se entiende por afrodescendientes chilenos al grupo humano que, teniendo nacionalidad chilena en conformidad a la Constitución Política de la República, comparte la misma cultura, historia, costumbre, unidos por la conciencia de identidad y discurso antropológico, descendientes de la diáspora africana y que se auto identifique como tal.

Artículo 3°.- Los saberes, conocimientos tradicionales, medicina tradicional, idiomas, rituales, símbolos y vestimentas del pueblo tribal afrodescendiente chileno son y serán valorados, respetados y promocionados por el Estado, reconociéndolos como patrimonio cultural inmaterial del país,
Artículo 4°.- El sistema nacional de educación de Chile procurará contemplar una unidad programática que posibilite a los educandos el adecuado conocimiento de la historia, lenguaje y cultura de los afrodescendientes y promover sus expresiones artísticas y culturales desde el nivel preescolar, básico, medio y universitario.

Artículo 5°.- Los afrodescendientes tienen el derecho a ser consultados mediante el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles, en particular en aquellas que guarden razón por políticas sociales, culturales y educacionales o que afecten a la comunidad afrodescendientes en sus derechos de tercera generación.

Artículo 6°.- El Estado procurará incluir en censos de la población nacional la categoría afrodescendiente dentro del grupo tribal afrodescendiente de acuerdo al convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, desde la aprobación y publicación de la presente ley.

Artículo 7°.- Lo prescrito en los artículos 4° y 6° de la presente ley podrá ser ejecutado mediante la dictación, por parte de los ministerios y demás autoridades competentes, de reglamentos.

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                            Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones celebradas los días 5 de abril; 10, 17 y 31 de mayo, y 13 de septiembre de 2017, con la asistencia de los diputados señores Jaime Bellolio, Juan Antonio Coloma, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Kast, Felipe Letelier, Sergio Ojeda, Diego Paulsen, Roberto Poblete, Jorge Sabag, René Saffirio y René Saldívar.
                            También concurrieron la diputada señora Camila Vallejo y el diputado señor Luis Rocafull.

Sala de la Comisión, a 20 de septiembre de 2017.





HERNAN ALMENDRAS CARRASCO
Abogado Secretario de la Comisión





firmaHAlmendras[1] El contenido del proyecto y específicamente los antecedentes de hecho que se consignan en esta parte del informe, han sido extraídos en su totalidad de la moción correspondiente. Las modificaciones de carácter gramatical o formal que haya hecho la Secretaría de la Comisión se dan en cumplimiento de la facultad que el Reglamento de la Corporación otorga en su artículo 15 al presidente de la misma.